Qué es el RIGI

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El RIGI es el Regimen de Incentivos a las Grandes Inversiones, en el marco de la Ley Bases de la República Argentina.

Este Régimen especial está incluido en el Título VII de la ley Bases y abarca a 64 artículos, que van el número 164 al 228. En total, el régimen contiene 12 capítulos. Si querés acceder al texto completo, accede por el siguiente link:

Sectores que abarca el RIGI

Qué es el RIGI

Este sistema de incentivos se aplicará en proyectos en ocho sectores, enumerados de manera taxativa:

  1. forestoindutria,
  2. turismo,
  3. infraestructura,
  4. minería,
  5. tecnología,
  6. siderurgia,
  7. energía,
  8. petróleo y
  9. gas.

Entre las dificultades que enumera el Decreto para estos rubros, se cuentan «el capital cuantioso e intensivo y los largos tiempos de recupero de lo invertido».

Beneficios hacia los productores locales

En la ley Bases, tambien de aprobó el plan de desarrollo de los proveedores locales, establecido en el artículo 174 inciso L.

En ese apartado se especifica que cada gran inversión superior a los u$s200 millones tendrá que proponer al menos un 20% de la totalidad de inversión en proveedores en organizaciones nacionales, «siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad». 

Principales aspectos del RIGI

Incentivos tributarios:

  • Tasa del impuesto a las ganancias empresaria 25% -en lugar de la escala aplicable de aproximadamente 35%-, sobre dividendos 7% (después de 7 años de adhesión al RIGI, sobre dividendos 3,5%)
  • Amortización acelerada
  • La actualización de los Quebrantos impositivos, por IPIM y sin límite temporal para su utilización. Pasados los 5 años pueden ser transferidos a terceros.
  • Un sistema especial en que el Estado otorga certificados de crédito fiscal a los sujetos del RIGI, para que éstos los destinen como pago del IVA a sus proveedores. En síntesis, no gravabilidad de los insumos en el IVA.
  • Impuesto al cheque: el 100% computable como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.

Beneficios aduaneros:

  • Importaciones de bienes de capital nuevos, repuestos, partes, componentes y mercadería para consumo: exentas de derechos de importación, de la tasa de estadística y comprobación de destino, y de todo régimen de percepción, recaudación, anticipo o retención de tributos nacionales y/o locales.
  • Exportaciones exentas de derechos de exportación luego de transcurridos 3 años de la adhesión al RIGI. Para los proyectos de exportación estratégica, se reduce a dos años.

Incentivos cambiarios.

  • Incentivos cambiarios: no es obligatorio ingresar o liquidar en el mercado de cambios oficial, los aportes de capital o los préstamos, o sea, pueden ingresar las divisas por CCL. Muy importante en la medida que exista brecha cambiaria.
  • También se disponen incentivos cambiarios para las exportaciones, a partir del segundo año contado desde la fecha de puesta en marcha. Posiblemente en esa época dejen de existir todas las restricciones cambiarias.

Seguridad Jurídica

  • Estabilidad: por 30 años en materia tributaria, aduanera y cambiaria desde la adhesión al RIGI.

Ambito de aplicación

Asimismo,la Ley Bases establece que el RIGI será de aplicación en:

«todo el territorio nacional, estará sujeto a las normas municipales y provinciales, por lo que el texto del proyecto de ley sostiene que “sin perjuicio del ejercicio legítimo de las jurisdicciones y competencias locales, cualquier norma o vía de hecho por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido por parte de Nación como las provincias, y por sus municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que hubieran adherido al RIGI, será nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia competente deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación”.

Artículo 164 de la Ley Bases

Ventajas del RIGI

  1. Aumento de la Inversión Extranjera Directa (IED): Al ofrecer un entorno favorable para la inversión, el RIGI busca atraer capital extranjero, lo que puede traducirse en la creación de empleos, transferencia de tecnología y desarrollo de infraestructuras.
  2. Impulso a las Exportaciones: Al enfocarse en sectores con potencial exportador, el RIGI puede ayudar a diversificar la canasta exportadora argentina y aumentar las divisas generadas por el comercio exterior.
  3. Desarrollo de Sectores Estratégicos: El régimen incentiva la inversión en áreas clave como la tecnología, energías renovables, y la industria manufacturera, contribuyendo a la modernización y competitividad de la economía argentina.
  4. Mejora del Déficit Comercial: Al aumentar las exportaciones y atraer inversión, el RIGI puede contribuir a mejorar la balanza de pagos y reducir el déficit comercial, mejorando la situación de las Reservas.

Desventajas del RIGI

  1. Erosión de la Base Imponible: Las exenciones fiscales ofrecidas por el RIGI podrían reducir significativamente los ingresos fiscales del Estado, especialmente si no se logran los objetivos de nuevas inversiones significativas. Esto podría agravar el déficit fiscal en el corto plazo.
  2. Desigualdad Regional: El RIGI podría concentrar la inversión en regiones o sectores específicos, dejando fuera a otras áreas del país que también necesitan desarrollo. Esto podría exacerbar las desigualdades regionales en términos de empleo y desarrollo económico.
  3. Dependencia del Capital Externo: Al enfocarse en atraer inversión extranjera, Argentina podría volverse más dependiente del capital externo, lo que podría aumentar la vulnerabilidad económica del país ante cambios en las condiciones internacionales o en la política interna de los países inversores.
  4. Impacto Ambiental: En algunos casos, la promoción de ciertos sectores industriales podría tener un impacto ambiental negativo si no se establecen regulaciones adecuadas. La explotación de recursos naturales y la industrialización sin un marco de sostenibilidad pueden dañar el medio ambiente a largo plazo.

Las provincias que adhieren al RIGI

Provincias que adhieren al RIGI

Los gobernadores de Mendoza, Chubut y San Juan lograron aprobar de forma «exprés» la adhesión al Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI) en búsqueda de inversiones mineras.

Tambien las Provincias de Rio Negro, Tucuman y Jujuy.

Tanto en Mendoza como en San Juan se aprobó el proyecto tal cual venía del Gobierno nacional, esperan más que nada inversiones que tienen que ver con la minería. 

En Jujuy, la provincia aprobó la adhesión al RIGI como ley 6.409

En el mapa vemos en ROJO las provincias que NO adhieren al RIGI, en VERDE OSCURO las que si en un intermedio, las que están en discusion a 24/08/24.

Reglamentación del RIGI

El Gobierno reglamentó el sistema con el que espera atraer inversiones extranjeras al país a través del Decreto 749/2024 publicado en el Boletín Oficial por el Ejecutivo.

La solicitud de adhesión al RIGI podrá presentarse hasta dentro de dos años, en particular, el 23 de agosto de 2026. Además, el Gobierno podrá prorrogar este plazo un año más.

En particular, la reglamentación marca un piso de u$s 300 millones para las inversiones destinadas al transporte y almacenamiento de petróleo y gas. Además, las inversiones con fines de exploración y explotación deberán ser mayores a u$s 600 millones.

Registros para su fiscalizacion

Para comenzar a captar inversiones, el artículo 2° de la reglamentación crea tres registros que serán utilizados según el tipo de proyecto:

  • El Registro de Vehículos de Proyecto Único (VPU);
  • el Registro de Proyectos de Exportación Estratégica de Largo Plazo, y 
  • el Registro de Proveedores del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones.

Estar inscripto en el VPU es condicion necesaria para obtener los beneficios del Régimen.

Requisitos para adherir al RIGI 

De acuerdo al Decreto reglamentario, los requisitos son:

  • Descripción del Proyecto Único, incluido el detalle del plan de inversión, su ubicación y el sector al que corresponde;
  • Datos societarios del VPU: certificado de vigencia y documentación societaria, documentación que acredite que el Proyecto Único a desarrollar se encuentra a cargo del VPU y una Declaración Jurada «suscripta por el representante legal del VPU en la que se consigne que el ente no llevará a cabo actividades ni mantendrá activos ajenos al Proyecto Único»;
  • Constitución de domicilio, físico y electrónico, a través de un correo electrónico, del representante legal; 
  • Monto total de la inversión del Proyecto Único en activos computables;
  • Detalle de los rubros principales a los que se destinará la inversión en activos computables con los costos de capital y operación; 
  • Cronograma estimado de la inversión total del Proyecto Único con descripción del plazo de obra o construcción, fecha estimada de inicio de operación y de la vida útil del proyecto;
  • Monto inicial de la inversión para los primeros dos años;
  • Declaración de no distorsión del mercado local;
  • Fecha límite;
  • Descripción de la fuente de financiamiento;
  • Empleo directo e indirecto que se precisará/generará;
  • Detalle de los proveedores locales a utilizar;
  • Estimado de producción y, de corresponder, monto estimado de exportaciones con cronograma proyectado hasta el fin de la vida útil;
  •  Balance comercial y flujo de divisas estimados del Proyecto Único para los primeros tres años;
  • Declaración con respecto a la factibilidad técnica, económica y financiera del proyecto; 
  • Permisos y habilitaciones necesarias para el proyecto;
  • Beneficios del proyecto;
  • Firma del representante legal del VPU.

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